PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NÍJAR

El Parque Natural Cabo de Gata-Níjar ocupa una superficie terrestre de 37500 ha y 12012 ha marinas. Se encuentra situado en la provincia de Almería, ocupando parte de los municipios de Almería, Carboneras y Níjar. Su principal singularidad es su carácter semiárido, siendo de los pocos espacios protegidos de Europa de naturaleza subdesértica y esteparia, que alberga el tramo de costa mejor conservado del litoral mediterráneo andaluz y algunos de sus mejores fondos marinos. Su origen volcánico le confiere una especial singularidad ecológica, ambiental y paisajística, destacando su litoral de acantilados que se alternan con calas y playas de excepcional belleza. En cuanto a la flora, el Parque Natural alberga una de las mayores riquezas florísticas del continente europeo, con casi un millar de taxones inventariados, de los cuales en torno al 95% son especies autóctonas adaptadas a las condiciones áridas del entorno con varios endemismos de distribución iberonorteafricana.

El medio marino presenta una elevada diversidad animal y vegetal, contando con más de 1300 especies. Cabe destacar la presencia de praderas de Posidonia oceanica (endémica del Mediterráneo), cuya importancia radica en que estabilizan los sustratos arenosos, atenuando la erosión costera y constituyen la principal fuente de oxigeno y materia orgánica de las aguas costeras mediterráneas.

PARQUE NATURAL

En el año 1987 fue declarado como espacio natural protegido (Parque Natural) mediante el Decreto 314/1987, de 23 de diciembre, siendo el primer Parque Natural marítimo-terrestre de Andalucía. El citado decreto estableció un régimen jurídico especial  con la finalidad de atender la conservación de sus ecosistemas naturales y valores paisajísticos.

En el año 1994, mediante el Decreto 418/1994, se amplía la extensión del Parque Natural, incluyendo gran parte del municipio de Carboneras. La superficie terrestre del Parque Natural es de 37500 ha y la superficie marina es de 12012 ha y se extiende por los municipios de Almería, Carboneras y Níjar.

RESERVA MARINA

En el año 1995 mediante Orden Ministerial de 3 de julio de 1995 se establece la Reserva Marina de Cabo de Gata-Níjar y posterior modificación mediante Orden Ministerial de 31 de julio de 1996.

El fin de la reserva marina es la protección, regeneración y el desarrollo de los recursos de interés pesquero para el mantenimiento de las pesquerías sostenibles que permitan a los pescadores artesanales de la zona preservar su modo de vida tradicional.

Más información aquí.

ZONA DE ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LAS AVES (ZEPA)

El Parque Natural está declarado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) desde el año 1989, conforme a la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, forma parte la red ecológica europea «Natura 2000» instaurada por la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992.

LUGAR DE IMPORTANCIA COMUNITARIA (LIC). ZONA DE ESPECIAL CONSERVACIÓN (ZEC)

En el año 1997 el Parque Natural se incluye como propuesta de Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) , siendo ratificado por Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006 con el código ES0000046, formando parte de la Red Natura 2000.

Posteriormente, en el año 2012, la designada zona LIC pasa a ser una Zona de Especial Conservación (ZEC) mediante el Decreto 493/2012, de 25 de septiembre, por el que se declaran determinados lugares de importancia comunitaria como Zonas Especiales de Conservación de la Red Ecológica Europea Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Aquí puedes consultar el formulario oficial de la Red Natura 2000 del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

RESERVA DE LA BIOSFERA

El 5 de noviembre de 1997 el Parque Natural fue declarado Reserva de la Biosfera por la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) dentro de su programa Sobre el Hombre y la Biosfera (MAB), creado con el objetivo de establecer una base científica para mejorar la relación de las personas con su entorno.

Accede aquí a la ficha de la Reserva de la Biosfera Cabo de Gata-Níjar.

SITIO RAMSAR. HUMEDAL DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL

La Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, conocida en forma abreviada como Convenio de Ramsar (ciudad iraní donde se firmó la convención sobre los humedales), inscribió el humedal de las Salinas de Cabo de Gata  como sitio Ramsar el 5 de diciembre de 1989 con el número de sitio Ramsar 448 (ESP-07). El principal objetivo de la convención es «la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo».

Aquí puedes ver la ficha oficial del sitio Ramsar «Salinas de Cabo de Gata».

GEOPARQUE

En el año 2001 el espacio natural protegido Cabo de Gata-Níjar fue aprobado como Geoparque en la reunión del Comité Europeo de Geoparques de Lesvos, recibiendo el certificado en septiembre de 2006 entrando a formar parte de la Red de Geoparques Europeos (EGN), y a su vez de la Red Global de Geoparques de la UNESCO.

Aquí puedes ver un folleto sobre el Geoparque Cabo de Gata-Níjar, y aquí un mapa geológico general del Geoparque.

BIEN DE INTERÉS CULTURAL (BIC)

Los aljibes, norias, molinas, molinos de viento y molinos hidráulicos fueron declarados Bien de Interés Cultural (BIC) mediante Resolución de 23 de enero de 2001, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico colectivo, los aljibes, norias, molinas, molinos de viento y molinos hidráulicos del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, Almería.

Todos los castillos y elementos defensivos  fueron declarados Bien de Interés Cultural con la categoría de monumentos  por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 16/1985, de 25 de junio. Por otra parte, el 23 de marzo de 2010 fue publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una resolución por la cual el Cortijo del Fraile quedó declarado BIC con la tipología de «sitio histórico».

ZONA ESPECIALMENTE PROTEGIDA DE IMPORTANCIA PARA EL MEDITERRÁNEO (ZEPIM)

En el año 2001 el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar es aprobado como zona ZEPIM en la XII Reunión Ordinaria de las Partes contratantes del Convenio de Barcelona, celebrada en Mónaco.

Las zonas ZEPIM son figuras de protección de carácter internacional declaradas a raíz de la firma del Protocolo sobre las Zonas Especialmente Protegidas y la Diversidad Biológica del Mediterráneo (1995) en el marco del Convenio de Barcelona. Las ZEPIM son un conjunto de espacios costeros y marinos protegidos que garantizan la pervivencia de los valores y recursos biológicos del Mediterráneo; contienen ecosistemas típicos de la zona mediterránea o hábitat de especies en peligro, tengan un interés científico, estético o cultural especial.

HUMEDAL ANDALUZ

En el año 2005 el humedal de las Salinas de Cabo de Gata (1059001) y el de Rambla Morales (1059002) entran a formar parte del Inventario de Humedales de Andalucía.

Aquí puedes ver la ficha del humedal de Rambla Morales.

Aquí puedes ver la ficha del humedal de Las Salinas de Cabo de Gata.

CARTA EUROPEA DE TURISMO SOSTENIBLE (CETS)

Desde septiembre de 2008 el Parque Natural está acreditado por la Federación EUROPARC con la Carta Europea de Turismo Sostenible.

La acreditación de la adhesión a la CETS se efectúa por la Federación EUROPARC, que ha desarrollado la metodología y concede la Carta Europea de Turismo Sostenible a los espacios protegidos donde verifica que existe un compromiso para aplicar los principios del turismo sostenible.

HÁBITAT CRÍTICO PARA LOS CETÁCEOS (CCH)

Las aguas a lo largo de toda las costa del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar son calificadas como Hábitat Crítico para los Cetáceos (CCH) por el «Agreement on the Conservation of Cetaceans of the Black Sea, Mediterranean Sea and contiguous Atlantic area» (ACCOBAMS), firmado en 1996 y con entrada en vigor en 2001.

Más información y mapa aquí.

 

PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DEL PARQUE NATURAL CABO DE GATA-NÍJAR (PORN)

El vigente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar se aprobó mediante el Decreto 37/2008, de 5 de febrero por el que se aprueban el PORN y el PRUG del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar y se precisan los límites del citado Parque Natural.

En el siguiente mapa  se recoge la zonificación del Parque Natural establecida por el PORN vigente. La información contenida en dicho mapa es de carácter orientativo, por lo que si se requiere información precisa, debe consultarse a la consejería competente en materia de medio ambiente.

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